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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
222009
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Septiembre de 1991; Pág. 181

QUEJA IMPROCEDENTE, CONTRA RESOLUCION DICTADA EN CUMPLIMIENTO DE EJECUTORIA DE AMPARO QUE REPRODUCE LA ANTERIOR.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Septiembre de 1991; Pág. 181

Precedentes

Queja 265/91. Ricardo y Juan Xolalpan Miranda. 5 de junio de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Constantino Martínez Espinoza. Secretario: Sergio García Méndez. Queja 245/90. Transportes del Pacífico, S. A. DE C. V. 3 de julio de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira. Secretario: Vicente Angel González.
Registro digital (IUS): 222009