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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 1o. A. J/12 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
222060
Clave de tesis
I. 1o. A. J/12
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Agosto de 1991; Pág. 117

DELEGACIONES DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL. FACULTADES DE LOS FUNCIONARIOS DE LAS. PARA EMITIR ORDENES DE INSPECCION.

[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Agosto de 1991; Pág. 117

Precedentes

Amparo en revisión 1041/91. Guadalupe Carrillo García. 6 de junio de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Samuel Hernández Viazcán. Secretario: Aristeo Martínez Cruz. Amparo en revisión 1531/91. María del Carmen Colín García. 20 de junio de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Samuel Hernández Viazcán. Secretario: Salvador Mondragón Reyes. Amparo en revisión 1091/91. Belinda Isela Abud Ramírez. 20 de junio de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Julio Humberto Hernández Fonseca. Secretario: Teódulo Angeles Espino. Amparo en revisión 1371/91. Rodrigo Dosal Zamora. 20 de junio de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Samuel Hernández Viazcán. Secretario: Aristeo Martínez Cruz. Amparo en revisión 1121/91. Cristina de la Peña Amieva. 20 de junio de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Luis María Aguilar Morales. Secretario: Antolín Hiram González Cruz. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación, 1917-1995, Tomo III, Segunda Parte, tesis 731, página 544.
Registro digital (IUS): 222060