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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
222110
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Agosto de 1991; Pág. 165

CONDENA CONDICIONAL, REQUISITOS PARA LA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Agosto de 1991; Pág. 165

Precedentes

Amparo directo 367/90. Sebastián González Aceves. 15 de enero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente. Lucio Lira Martínez. Secretaria: Laura Guadalupe Rodríguez Cárdenas. Amparo directo 186/89. Clemente Flores Hinojosa. 23 de febrero de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: J. Guadalupe Torres Morales. Secretaria: Bertha Edith Quiles Arias.
Registro digital (IUS): 222110