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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
222121
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Agosto de 1991; Pág. 173

DESPIDO, DEMANDA POR. NO ES REQUISITO QUE EN ELLA SE EXPRESEN LAS PALABRAS EMPLEADAS POR EL PATRON AL SEPARAR AL TRABAJADOR PARA QUE PROCEDAN LAS ACCIONES EJERCITADAS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Agosto de 1991; Pág. 173

Precedentes

Amparo directo 260/90. Javier Linares Rangel. 14 de junio de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Joel González Jiménez. Secretario: Ricardo Díaz Chávez.
Registro digital (IUS): 222121