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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 222126
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Agosto de 1991; Pág. 178
EMPLAZAMIENTO. CASO EN QUE SE OBJETA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Agosto de 1991; Pág. 178
Es aquel en el cual el actuario manifiesta que se constituyó en dos lugares distintos a la misma hora y en el mismo día y si es objetado ese emplazamiento, debe concederse el amparo para que se reponga el procedimiento a partir del mismo, pues no es factible que un funcionario de la Junta diga haber estado presente en dos lugares al mismo tiempo.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 232/90. María del Carmen Carrión Guerra y otros. 5 de octubre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Arnoldo Nájera Virgen. Secretario: Nelson Loranca Ventura.
Véase: Informe de 1983, Tercera Parte, Tribunales Colegiados de Circuito, Tesis 17, pág. 186.