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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
222174
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Agosto de 1991; Pág. 222

SUSPENSION, ALCANCE DE LA. LAS AUTORIDADES RESPONSABLES NO PUEDEN DETERMINARLO POR SI MISMAS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Agosto de 1991; Pág. 222

Precedentes

Queja 325/90. Delegado del Departamento del Distrito Federal en Alvaro Obregón y otras autoridades. 29 de junio de 1990. Ponente: J. S. Eduardo Aguilar Cota. Secretario: Jesús Díaz Barber.
Registro digital (IUS): 222174