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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
222184
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Agosto de 1991; Pág. 228

TRABAJADORES AL SERVICIO DEL GOBIERNO Y AYUNTAMIENTOS DEL ESTADO DE COLIMA. SALARIOS VENCIDOS. SU PAGO NO ES A CONSECUENCIA DEL CESE INJUSTIFICADO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Agosto de 1991; Pág. 228

Precedentes

Amparo directo 52/91. Jorge Ochoa Roldán. 8 de mayo de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Andrés Cruz Martínez. Secretario: Constancio Carrasco Daza.
Registro digital (IUS): 222184