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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
222222
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Julio de 1991; Pág. 127

APODERADOS. CARECEN DE LEGITIMACION PARA EJERCER LA ACCION CONSTITUCIONAL SI SU MANDATO CONCLUYO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Julio de 1991; Pág. 127

Precedentes

Amparo directo 203/91. Georgina Sámano de López. 13 de mayo de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Joel González Jiménez. Secretario: Ricardo Díaz Chávez. Amparo directo 400/90. Macario Trujillo Pineda. 9 de noviembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Héctor Federico Gutiérrez de Velasco Romo. Secretario: Guillermo Esparza Alfaro. Octava Epoca, Tomo VI, Segunda Parte-1, página 62. Amparo directo 311/90. Mario Muriel Melero. 2 de octubre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Héctor Federico Gutiérrez de Velasco Romo. Secretario: Antonio Rico Sánchez. Octava Epoca, Tomo VI, Segunda Parte-1, página 62.
Registro digital (IUS): 222222