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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
222228
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Julio de 1991; Pág. 131

ASAMBLEA GENERAL DE EJIDATARIOS PARA ELECCION DE COMISARIADO EJIDAL, COMPETE A LA COMISION AGRARIA MIXTA DECLARAR SU NULIDAD Y NO AL JUEZ DE DISTRITO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Julio de 1991; Pág. 131

Precedentes

Amparo en revisión 70/91. Comisariado Ejidal del Núcleo de Población "La Victoria". 16 de mayo de 1991. Mayoría de votos. Ponente: Pablo Antonio Ibarra Fernández. Secretario: Secundino López Dueñas. Disidente: Julio César Vázquez- Mellado García. Amparo en revisión 5/88. José Arce Rocha y otros. 5 de julio de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Arturo Carrete Herrera. Secretario: Carlos César López Gastélum. Octava Epoca Tomo II Segunda Parte-1 página 163.
Registro digital (IUS): 222228