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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
222265
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Julio de 1991; Pág. 158

EMPLAZAMIENTO. PROCEDIMIENTO QUE DEBE SEGUIR EL DILIGENCIARIO CUANDO EN LA CASA DEL DEMANDADO NO SE ENCUENTRA PERSONA ALGUNA QUE RECIBA EL CITATORIO. (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Julio de 1991; Pág. 158

Precedentes

Amparo en revisión 138/91. Refacciones y Maquinaria de Puebla, S. A. 9 de mayo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Manuel Marroquín Zaleta. Secretario: Othón Manuel Ríos Flores. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 41/2001-PS resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 6/2002, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XV, marzo de 2002, página 56, con el rubro: "EMPLAZAMIENTO. EL CITATORIO RESPECTIVO NO DEBE DEJARSE CON EL VECINO INMEDIATO, CUANDO EN LA PRIMERA BÚSQUEDA LA CASA SEÑALADA PARA TAL EFECTO SE ENCONTRÓ CERRADA (CÓDIGOS DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DE LOS ESTADOS DE CHIAPAS Y DE PUEBLA)."
Registro digital (IUS): 222265