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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 222304
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Julio de 1991; Pág. 194
PRUEBA PERICIAL. CASO EN QUE CARECE DE VALOR PROBATORIO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Julio de 1991; Pág. 194
Si en autos obra el escrito del actor del que aparece que renuncia al empleo porque así conviene a sus intereses, y para impugnar la autenticidad del mismo existe un dictamen pericial, que presenta alteración en cuanto al nombre del técnico, la presencia de tachaduras sin mencionarlo al ratificar el peritaje, y sin acreditar fehacientemente tener los conocimientos a que alude el artículo 822 de la Ley Laboral, con la circunstancia de que solamente esté suscrito por un perito, a pesar de que la probanza es de carácter colegiado, conduce a que este medio de convicción carezca de valor probatorio.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 2695/89. Javier Carmona Paulin. 6 de diciembre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Constantino Martínez Espinoza. Secretaria: Rosa María López Rodríguez.