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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
222337
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Julio de 1991; Pág. 229

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[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VIII, Julio de 1991; Pág. 229

Precedentes

Amparo directo 4883/91. Guadalupe Verónica Hernández Vargas. 12 de junio de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. Edith Cervantes Ortiz. Secretario: Jorge Dimas Arias Vázquez. Amparo directo 2453/87. José Luis Luna Valdovinos y otros. 21 de septiembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro . Secretario: Fernando Lúndez Vargas. Amparo directo 7273/88. Guillermo Zamora Mena. 26 de octubre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro . Secretario: Héctor Arturo Mercado López. Amparo directo 8873/88. Manuel Figueroa Maya. 26 de octubre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel Hernández Saldaña. Secretario: José Luis Torres Lagunes Octava Epoca: Tomo II, Segunda Parte-2, página 587 (3 asuntos).
Registro digital (IUS): 222337