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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
222428
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Junio de 1991; Pág. 206

ARRENDAMIENTO. LA PRORROGA RESULTA IMPROCEDENTE TRATANDOSE DE CONTRATOS POR TIEMPO INDEFINIDO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Junio de 1991; Pág. 206

Precedentes

Amparo directo 6548/90. Olga García Reyna. 30 de abril de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Hugo Diaz Arellano. Secretaria: Luz Delfina Abitia Gutiérrez.
Registro digital (IUS): 222428