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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
222437
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Junio de 1991; Pág. 211

AUDIENCIA CONSTITUCIONAL. LAS PRUEBAS PRESENTADAS CON POSTERIORIDAD A LA FECHA DE CELEBRACION DE LA, NO SON DE TOMARSE EN CUENTA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Junio de 1991; Pág. 211

Precedentes

Amparo en revisión 108/91. Jaime Berger S. 8 de mayo de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Chowell Zepeda. Secretario: Marco Antonio Romero Castillo.
Registro digital (IUS): 222437