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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
222466
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Junio de 1991; Pág. 235

CONFESION. COACCION MORAL INEXISTENTE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Junio de 1991; Pág. 235

Precedentes

Amparo directo 61/89. Armando García Ambrís. 29 de marzo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Salvador Enrique Castillo Morales. Secretario: Pedro Garibay García. Amparo en revisión 62/90. Ezequiel Bonilla Alvarez. 18 de abril de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Murillo Delgado. Secretaria: Martha Yolanda García Verduzco.
Registro digital (IUS): 222466