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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 222466
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Junio de 1991; Pág. 235
CONFESION. COACCION MORAL INEXISTENTE.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Junio de 1991; Pág. 235
Si al día siguiente de la detención del acusado, éste confiesa ante el Ministerio Público los hechos que motivaron su condena, no puede hablarse que en tal confesión hubo coacción moral, por la detención prolongada que sufrió, antes de ser puesto a disposición del juez natural.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO PRIMER CIRCUITO
Precedentes
Amparo directo 61/89. Armando García Ambrís. 29 de marzo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Salvador Enrique Castillo Morales. Secretario: Pedro Garibay García.
Amparo en revisión 62/90. Ezequiel Bonilla Alvarez. 18 de abril de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Murillo Delgado. Secretaria: Martha Yolanda García Verduzco.