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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
222471
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Junio de 1991; Pág. 237

CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, LA PROCEDENCIA INCIERTA DE UN RECURSO PARA IMPUGNAR UNA RESOLUCION DEFINITIVA DICTADA POR UNA AUTORIDAD DEL TRABAJO, POR LA APLICACION DE DOS REGLAMENTOS, NO HACE IMPROCEDENTE EL JUICIO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Junio de 1991; Pág. 237

Precedentes

Amparo directo 13/91. Refrescos y Bebidas de Aguascalientes, S.A. de C.V. 15 de mayo de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel Mojica Hernández. Secretario: Luis Enrique Vizcarra González. Véase: Tesis 14, Informe de 1989, Tercera Parte, páginas 70 y 71.
Registro digital (IUS): 222471