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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 222594
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Junio de 1991; Pág. 339
ORDEN DE APREHENSION. NO REQUIERE ACREDITAR CUERPO DEL DELITO Y PRESUNTA RESPONSABILIDAD.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Junio de 1991; Pág. 339
Para dictar este mandamiento no es necesario que se hayan acreditado el cuerpo del delito y la presunta responsabilidad del indiciado, sino tan sólo los elementos exigidos en el artículo 16 constitucional.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 729/90. José Antonio Rodríguez. 31 de enero de 1991. Ponente: Víctor Ceja Villaseñor. Secretario: José F. García Quiroz.