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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
222614
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Junio de 1991; Pág. 358

POSESION PROTEGIDA POR LOS ARTICULOS 14 Y 16 CONSTITUCIONALES.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Junio de 1991; Pág. 358

Precedentes

Amparo en revisión 254/90. José Sánchez Preciado. 8 de marzo de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretaria: Alicia Marcelina Sánchez Rodelas. Amparo en revisión 425/87. María de Jesús Pérez Espinoza. 29 de septiembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Antonio Llanos Duarte. Secretario: Gabriel Montes Alcaraz. Octava Epoca, Tomo II, Segunda Parte-2, pág. 404. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1988, Segunda Parte, Tesis Cuarta y Quinta relacionadas con la jurisprudencia 1348, pág. 2179.
Registro digital (IUS): 222614