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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 222645
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Junio de 1991; Pág. 376
PRUEBA TESTIMONIAL. CASO EN QUE LO MANIFESTADO EN ELLA, NO FORMA CONVICCION DE QUE EL ACUSADO ES TOXICOMANO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Junio de 1991; Pág. 376
Los testimonios de descargo en el sentido de que han visto inhalar droga al quejoso, no pueden formar convicción de que es toxicómano, puesto que tales testimonios lo único que demuestran, es que el acusado tiene afición al uso de la droga, lo que no implica necesariamente que sea toxicómano, ya que para demostrar esto último es necesario que se determine con conocimientos especializados, la necesidad físico-psíquica que se tiene de la droga, o sea, que es preciso desahogar la prueba pericial médica respectiva.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 246/89. Lucy Angeles Herbert viuda de Fernández. 26 de abril de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: J. Guadalupe Torres Morales. Secretario: José Manuel Arballo Flores.