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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
222661
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Junio de 1991; Pág. 387

PRUEBAS, NO LAS HACE INADMISIBLES EL HECHO DE QUE EL PATRON PRIMERO HAYA OBJETADO LAS DEL TRABAJADOR Y POSTERIORMENTE OFRECIDO LAS SUYAS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Junio de 1991; Pág. 387

Precedentes

Amparo directo 1926/91. Mario Arnulfo Padilla Montes de Oca. 20 de marzo de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: J. Refugio Gallegos Baeza. Secretario: Victor Ruiz Contreras.
Registro digital (IUS): 222661