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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.4o.A.341 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 222671
- Clave de tesis
- I.4o.A.341 A
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Junio de 1991; Pág. 395
REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES Y CELEBRACION DE ESPECTACULOS PUBLICOS EN EL DISTRITO FEDERAL. NO ES INCONSTITUCIONAL PORQUE NO PROVEA A LA EXACTA OBSERVANCIA DE UNA LEY.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Junio de 1991; Pág. 395
Nuestro orden jurídico admite la existencia de reglamentos autónomos que nacen a la vida sin el requisito de la preexistencia de una ley respecto de la cual deban proveer a su exacta observancia. En el caso, aquel reglamento fue expedido con fundamento en el artículo 73, fracción VI, base 3a., inciso a), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo, fracción, base e inciso que, en síntesis, establecen: "el congreso tiene facultad... VI.-Para legislar en todo lo relativo al Distrito Federal, sometiéndose a las bases siguientes: ...3a. como un órgano de representación ciudadana en el Distrito Federal, se crea una asamblea integrada por 40 representantes electos según el principio de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales y por 26 representantes electos según el principio de representación proporcional... son facultades de la asamblea de representantes del Distrito Federal las siguientes... a) dictar bandos ordenanzas y reglamentos de policía y buen gobierno que, sin contravenir lo dispuesto por las leyes y decretos expedidos por el Congreso de la Unión para el Distrito Federal, tengan por objeto atender las necesidades que se manifiestan entre los habitantes del propio Distrito Federal, en materia de... establecimientos mercantiles, comercio en la vía pública, recreación, espectáculos públicos y deporte...". Considerando lo dispuesto en el precepto constitucional resulta, que si la asamblea de representantes, creada por dicho precepto, en ejercicio de sus facultades expidió el reglamento impugnado, su conducta debe estimarse constitucional.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 624/91. Josefina Feria Rodríguez. 18 de abril de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Hilario Bárcenas Chávez. Secretaria: Elsa Fernández Martínez.