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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 222680
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Junio de 1991; Pág. 399
RENTA, IMPUESTO SOBRE LA. DIVIDENDOS PAGADOS A SOCIOS EN 1982. LEY APLICABLE.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Junio de 1991; Pág. 399
Partiendo de que el Impuesto sobre la Renta se genera cuando se obtienen los ingresos, la ley aplicable al entero de dividendos o utilidades en efectivo a accionistas llevadas a cabo en el año de 1982, es la del momento de la causación, y no la del cierre del ejercicio; al margen de que de conformidad con la propia ley, al final del ejercicio puedan hacerse los ajustes que procedan y que eventualmente puedan reflejarse en un saldo a favor o en contra del contribuyente.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 122/91. Fivisa, S.A. de C.V. 25 de abril de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Amado Yáñez. Secretario: Mario de Jesús Sosa Escudero.