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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
222710
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Junio de 1991; Pág. 420

SALARIOS VENCIDOS, DEBE PAGARLOS EL PATRON SI IMPIDE LA PRORROGA DEL CONTRATO, AL SOLICITAR DEL SINDICATO LA PROPUESTA DE UN NUEVO TRABAJADOR.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Junio de 1991; Pág. 420

Precedentes

Amparo directo 336/91. Petróleos Mexicanos. 14 de febrero de 1991. Mayoría de votos. Ponente: María del Rosario Mota Cienfuegos. Secretario: Félix Arnulfo Flores Rocha.
Registro digital (IUS): 222710