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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 222735
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Junio de 1991; Pág. 449
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. ACTA DE INVESTIGACION ADMINISTRATIVA, AUSENCIA DE TESTIGOS DE DESCARGO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Junio de 1991; Pág. 449
Si el trabajador tuvo conocimiento previo de que se iba a levantar una acta administrativa para establecer si incurrió en alguna causal para rescindir su relación de trabajo, y al tener verificativo el acta correspondiente, no presentó los testigos de descargo a que aluden el artículo 46 bis de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, dicha omisión sólo es atribuible a él, y por tal razón no podrán válidamente impugnar el documento por la falta de ese requisito.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 1626/91. Aurelio Gualito Pérez. 8 de marzo de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: J. Refugio Gallegos Baeza. Secretario: Enrique Valencia Lira.
Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia I.6o.T. J/45, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XV, mayo de 2002, página 1140, de rubro: "TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. ACTA DE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA, AUSENCIA DE TESTIGOS DE DESCARGO."