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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
222825
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Mayo de 1991; Pág. 137

ACUMULACION DE JUICIOS. QUEJA IMPROCEDENTE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Mayo de 1991; Pág. 137

Precedentes

Queja 612/90. Director General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de la Reforma Agraria y otras. 11 de febrero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Amado Yáñez. Secretario: Mario de Jesús Sosa Escudero. Séptima Epoca, Volúmenes 121-126, Sexta Parte, pág. 16. Véase: Informe 1979, Tesis número 3, págs. 72 y 73.
Registro digital (IUS): 222825