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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
222876
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Mayo de 1991; Pág. 171

CONDENA CONDICIONAL, PROCEDENCIA DE LA, CUANDO NO EXISTE SENTENCIA EJECUTORIADA DE OTROS PROCESOS. (LEGISLACION DEL ESTADO DE NUEVO LEON).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Mayo de 1991; Pág. 171

Precedentes

Amparo en revisión 152/90. Agente del Ministerio Público Federal, auxiliar en materia de amparo adscrito a los juzgados Primero y Segundo de Distrito en el Estado. 17 de octubre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Miguel García Salazar. Secretario: Hilario Zarazúa Galdeano.
Registro digital (IUS): 222876