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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
IX.2o.20 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
222893
Clave de tesis
IX.2o.20 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Mayo de 1991; Pág. 180

DEMANDA DE AMPARO, CASO EN QUE LA NEGATIVA A ADMITIR LA AMPLIACION DE LA, NO AFECTA EL ESTUDIO DE LOS CONCEPTOS DE VIOLACION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Mayo de 1991; Pág. 180

Precedentes

Reclamación 1/91. Víctor Manuel Eljure Sevilla. 10 de abril de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Juana María Meza López. Secretario: Salvador Avila Lamas.
Registro digital (IUS): 222893