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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
222962
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Mayo de 1991; Pág. 231

LENOCINIO, LAS HIPOTESIS DE LA FRACCION III DEL ARTICULO 207 DEL CODIGO PENAL FEDERAL, NO ADMITEN INTEGRACION CONTINUADA EN EL DELITO DE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Mayo de 1991; Pág. 231

Precedentes

Amparo directo 2138/90. Emiliano Cisneros Limón y coagraviados. 14 de febrero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Gonzalo Ballesteros Tena. Secretaria: María del Pilar Vargas Codina.
Registro digital (IUS): 222962