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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
IV.3o.39 P Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
222963
Clave de tesis
IV.3o.39 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Mayo de 1991; Pág. 233

MINORIA DE EDAD, CARGA DE LA PRUEBA DE LA. CORRESPONDE AL JUZGADOR, AUN CUANDO EXISTA DICTAMEN PERICIAL AL RESPECTO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Mayo de 1991; Pág. 233

Precedentes

Amparo directo 258/90. Luciano Pereda y Lorenzo y otro. 5 de septiembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Miguel García Salazar. Secretario: Angel Torres Zamarrón.
Registro digital (IUS): 222963