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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 223025
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Mayo de 1991; Pág. 277
REENVIO. EL TRIBUNAL DE ALZADA NO TIENE FACULTADES PARA FALLAR UN ASUNTO EN QUE EL JUEZ NATURAL AUN NO HA PRONUNCIADO SENTENCIA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Mayo de 1991; Pág. 277
Cuando en la legislación respectiva no se establezca la existencia del reenvío, la facultad de que se encuentra investido el Tribunal de Alzada para resolver un asunto en uso de la plenitud de jurisdicción y para corregir por sí mismo las omisiones o errores cometidos por su inferior, no se actualiza cuando el juez de los autos aún no ha pronunciado sentencia definitiva con la que ponga fin a la instancia, porque en tal situación no está agotada la facultad y la obligación que la ley le refiere al juez natural para fallar el negocio.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Queja 10/90. Máxima Garma Díaz. 15 de agosto de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Eliseo Gustavo Araujo Arriaga. Secretario: Miguel Izaguirre Ojeda.
Amparo directo 99/89. Delia Heiras Paredes de Lomelí. 14 de junio de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Eliseo Gustavo Araujo Arriaga. Secretario: Miguel Izaguirre Ojeda.
Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 48/2009 resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 80/2009, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXX, diciembre de 2009, página 25, con el rubro: "APELACIÓN EN MATERIAS CIVIL Y MERCANTIL. AL NO EXISTIR REENVÍO, EL TRIBUNAL DE ALZADA ESTÁ FACULTADO PARA REASUMIR JURISDICCIÓN Y PRONUNCIAR LA RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE, AUN CUANDO EL JUZGADOR NO HAYA RESUELTO LA LITIS EN PRIMERA INSTANCIA."