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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 223050
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Mayo de 1991; Pág. 294
SEGURO SOCIAL, CITACION PARA INVESTIGACION A LOS TRABAJADORES DEL. ES TERMINO IRRENUNCIABLE EL QUE PREVIENE LA CLAUSULA 55 BIS DEL CONTRATO COLECTIVO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Mayo de 1991; Pág. 294
Es verdad que si el Seguro Social cita para investigación a un trabajador, debe hacerlo por lo menos con treinta y seis horas de anticipación, que previene la cláusula 55 bis del contrato colectivo de trabajo, y no vale en contrario que el operario exprese estar dispuesto a comparecer el mismo día en que se le cite, pues el término de referencia tiene el carácter de derecho irrenunciable.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 9325/90. Mario Merlos Merlos. 27 de noviembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira. Secretarlo: Vicente Angel González.
Amparo directo 6050/88. Martha Ruiz Trejo. 19 de mayo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Secretaria: María Isabel Haruno Takata Gutiérrez.
Octava Epoca, Tomo I, Segunda Parte-2, pág. 646.