Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
📌
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/223070
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 21 de abril de 2009, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 123/2007-PS en que participó el presente criterio.

Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
223070
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Mayo de 1991; Pág. 306

SUSPENSION. CONTRAFIANZA IMPROCEDENTE TRATANDOSE DE INTERDICTO DE RECUPERAR LA POSESION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Mayo de 1991; Pág. 306

Precedentes

Queja 59/90. Francisco Cuevas Alvarado. 25 de enero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Ismael Castellanos Rodríguez. Secretario: Oscar Castañeda Batres. Nota: Por ejecutoria de fecha 21 de abril de 2009, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 123/2007-PS en que participó el presente criterio.
Registro digital (IUS): 223070