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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
223080
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Mayo de 1991; Pág. 316

TERMINO. PARA LOS EFECTOS DEL COMPUTO DE, SON IRRELEVANTES LAS VACACIONES DE LA AUTORIDAD EXHORTANTE, SI EL JUEZ EXHORTADO NO DISFRUTO DE ELLAS, SINO QUE LABORO NORMALMENTE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Mayo de 1991; Pág. 316

Precedentes

Amparo directo 1815/91. Operadora Matusa, S.A. de C.V., por conducto de su apoderado José Luis Rico Maciel. 18 de abril de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: José Rojas Aja. Secretario: Enrique Ramírez Gámez.
Registro digital (IUS): 223080