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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
223082
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Mayo de 1991; Pág. 317

TIEMPO EXTRAORDINARIO. CASO EN EL QUE NO PROCEDE SU RECLAMACION. HORARIO DISCONTINUO DE TRABAJO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Mayo de 1991; Pág. 317

Precedentes

Amparo directo 8131/90. Belem Estrada Chávez. 27 de septiembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Gómez Argüello. Nota: En el Volumen XV-II febrero, página 351, la tesis aparece bajo el rubro "HORAS EXTRAS. IMPROCEDENCIA DE LA RECLAMACION DE LAS. HORARIO DISCONTINUO.".
Registro digital (IUS): 223082