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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI. 2o. J/113 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 223132
- Clave de tesis
- VI. 2o. J/113
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Abril de 1991; Pág. 119
REGLAMENTO DE ASEO, LIMPIA, DESECHOS PELIGROSOS Y POTENCIALMENTE PELIGROSOS DEL MUNICIPIO DE PUEBLA. SU ARTICULO 77 ES AUTOAPLICATIVO.
[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Abril de 1991; Pág. 119
El reglamento de aseo, limpia, desechos peligrosos y potencialmente peligrosos del municipio de Puebla, en lo tocante a su artículo 77 tiene el carácter de autoaplicativo, ya que por su sola entrada en vigor, obliga a todas las personas físicas o morales que, en este municipio comercialicen todo tipo de producto que esté envasado en recipientes que produzcan aerosol en el uso de los mismos, a dejar de comercializarlos, sin necesidad de acto posterior de aplicación, esto es, todas aquellas personas que se encuentren en el caso previsto por la disposición en comento, están obligadas a dejar de realizar esa actividad, la que se prohibe en el municipio de Puebla, sin que para ello necesiten ser requeridas por la autoridad a través de un acto de aplicación, por virtud del cual ésta encuadra la situación jurídica concreta en que se encuentra el particular en la hipótesis normativa, haciéndole acreedor de las consecuencias legales que contempla el reglamento.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Recurso de revisión 375/90. Rafael Gómezluna San Juan. 27 de noviembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván Rojas. Secretario: Armando Cortés Galván.
Recurso de revisión 426/90. Envases Mexicanos, S. A. de C. V. y otra. 8 de enero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Jorge Alberto González Alvarez.
Recurso de revisión 22/91. Industrias H24, S. A. de C. V. 23 de enero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván Rojas. Secretario: Armando Cortés Galván.
Recurso de revisión 29/91. Home Products de México, S. de R. L. de C. V. 6 de febrero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Jorge Alberto González Alvarez.
Recurso de revisión 37/91. S. C. Johnson and Son, S. A. de C. V. 20 de febrero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Arnoldo Nájera Virgen. Secretario: Guillermo Báez Pérez.