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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
III.2o.C.315 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
223144
Clave de tesis
III.2o.C.315 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Abril de 1991; Pág. 136

ACTAS DEL REGISTRO CIVIL. PRUEBAS PARA SU RECTIFICACION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Abril de 1991; Pág. 136

Precedentes

Amparo directo 905/90. Araceli Leticia Melchor Bautista. 27 de febrero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Rodolfo Moreno Ballinas. Secretario: Juan Luis González Macías. Amparo directo 1370/86. Zulema Ontiveros Guevara. 7 de mayo de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Rodolfo Moreno Ballinas. Séptima Época, Volúmenes 217-228, Sexta Parte, página 527. Nota: En el Informe de 1989, esta tesis aparece bajo el rubro "REGISTRO CIVIL, RECTIFICACIÓN DEL NOMBRE EN ACTAS DEL. PRUEBA.".
Registro digital (IUS): 223144