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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 223149
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Abril de 1991; Pág. 141
AGRAVIOS INOPERANTES DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Abril de 1991; Pág. 141
Son inoperantes los agravios expresados por la autoridad responsable, si a través de ellos pretende examinar y valorar pruebas cuyo estudio omitió al dictar el acto reclamado; pues de no ser así se dejaría al quejoso en estado de indefensión y se le daría oportunidad a la autoridad responsable de fundar y motivar su acto en perjuicio de la parte quejosa, ya que se le estaría privando a está de la oportunidad de defenderse en forma adecuada.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 216/90. Juez Segundo Penal del Distrito Judicial Bravos. 11 de enero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Cayetano Hernández Valencia. Secretario: Manuel Cano Máynez.