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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
223167
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Abril de 1991; Pág. 151

ARRENDAMIENTO, TERMINACION DEL CONTRATO DE. ES INNECESARIO EXPONER EN EL AVISO LOS MOTIVOS QUE TIENE EL ARRENDADOR PARA DARLO POR CONCLUIDO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Abril de 1991; Pág. 151

Precedentes

Amparo directo 6517/90. Eliseo Gómez Farías y Alvarado. 24 de enero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Caballero Cárdenas. Secretario: Jesús Jiménez Delgado.
Registro digital (IUS): 223167