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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
223181
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Abril de 1991; Pág. 160

CONCEPTOS DE VIOLACION. DEBEN CONTENER UN RAZONAMIENTO LOGICO JURIDICO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Abril de 1991; Pág. 160

Precedentes

Amparo directo 554/91. Jesús Alberto Prado Osorio. 28 de febrero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: José Joaquín Herrera Zamora. Secretaria: María Esther Rodríguez Juárez. Amparo directo 2122/88. Distribuidora de Productos Gráficos Lambda, S.A. 31 de agosto de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Joaquín Herrera Zamora. Secretario: Manuel Baraibar Constantino. Octava Epoca, Tomo II, Segunda Parte-1 página 179.
Registro digital (IUS): 223181