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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 223191
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Abril de 1991; Pág. 166
COPARTICIPACION. CASO EN QUE LA RECLASIFICACION DEL DELITO BENEFICIA A UN ULTERIOR COPARTICIPE.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Abril de 1991; Pág. 166
Si el Ministerio Público ejercita acción penal en contra de varios inculpados, por estimar que son presuntos responsables de un delito, bajo la misma modalidad, y durante la secuela del proceso, al resolverse la situación jurídica de algunos de aquéllos, se reclasifican los hechos en forma favorable a los procesados, declarándoseles presuntos responsables en la comisión de un delito, en una modalidad de menor entidad punitiva, e inclusive se llega a dictar sentencia condenatoria a los enjuiciados, por esa modalidad de ilícito, la cual causa ejecutoria, es de considerarse que por virtud del principio de congruencia y de la fuerza legal que deriva de aquellas resoluciones, cuando posteriormente se logre la aprehensión de algún otro copartícipe, a éste debe seguírsele proceso por el delito en la modalidad que se haya señalado en aquellas resoluciones, ya que sería aberrante juzgar a dicho copartícipe por un delito de mayor entidad punitiva.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 301/90. Jaime Oyarvide Sánchez. 13 de febrero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Reyes Tayabas. Secretario: Francisco Chávez Hochstrasser.