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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 223220
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Abril de 1991; Pág. 193
JUBILACION, DERECHO A LA. ES OPTATIVO DEL TRABAJADOR.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Abril de 1991; Pág. 193
La jubilación es un derecho contractual del trabajador, por lo que no puede ser obligado a ejercitarlo en su contra, y si se le retira del empleo sin su consentimiento, deviene nula la expresada jubilación.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 10865/90. Norberto Vargas Ortiz. 24 de enero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la LLata Valenzuela. Secretario: Erubiel Arenas González.