Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/223270
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
223270
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Abril de 1991; Pág. 229

RECURSO O MEDIO DE DEFENSA NO PREVISTO EN LA LEY QUE RIGE EL ACTO RECLAMADO. NO AFECTA LA PROCEDENCIA DEL AMPARO, HASTA EN TANTO NO SE DEMUESTRE QUE SE HAYA ADMITIDO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Abril de 1991; Pág. 229

Precedentes

Amparo en revisión 2792/90. Asilo Exclusivo para Ancianos Desamparados, doctor Gonzalo Cosio Ducoing. 11 de febrero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Amado Yáñez. Secretario: Mario de Jesús Sosa Escudero.
Registro digital (IUS): 223270