Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/223273
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
223273
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Abril de 1991; Pág. 231

REMATE, LEGALIDAD DE LA CITACION DE ACREEDORES AL PROCEDIMIENTO DE. (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Abril de 1991; Pág. 231

Precedentes

Amparo en revisión 38/91. Luis González Lozano. 13 de marzo de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Gilda Rincón Orta. Secretario: Daniel Horacio Escudero Contreras. Amparo en revisión 468/90. Emilio Chalita Kaim. 30 de octubre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Oscar Vázquez Marín. Secretario: Jorge Arciniega Franco. Notas: Esta tesis contendió en la contradicción 113/2001-PS que fue declarada improcedente por la Primera Sala, toda vez que sobre el tema tratado existe la tesis 247, que aparece publicada en el Apéndice de 1995, Sexta Época, Tomo VI, Parte SCJN, página 165, con el rubro: "EMPLAZAMIENTO DE ACREEDORES EXTRAÑOS AL PROCEDIMIENTO." Esta tesis contendió en la contradicción 112/2001-PS que fue declarada improcedente por la Primera Sala, toda vez que sobre el tema tratado existe la tesis 247, que aparece publicada en el Apéndice de 1995, Sexta Época, Tomo VI, Parte SCJN, página 165, con el rubro: "EMPLAZAMIENTO DE ACREEDORES EXTRAÑOS AL PROCEDIMIENTO."
Registro digital (IUS): 223273