Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/223281
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 223281
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Abril de 1991; Pág. 236
REVISION FISCAL. CUANDO ES DE DESECHARSE POR RAZON DE CUANTIA Y POR NO VERSAR SOBRE LA DETERMINACION DE SUJETOS OBLIGADOS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Abril de 1991; Pág. 236
Si el asunto no versa sobre la determinación de sujetos obligados para que pueda presumirse su importancia y trascendencia para los efectos de la procedencia del recurso, sino únicamente en relación a que las cédulas de liquidación de cuotas obrero patronales carecían de fundamentación y motivación pues en ellas no se había hecho el desglose correspondiente por cada uno de esos conceptos y no establecía cuál era la cuota obrera y cuál la patronal, o sea que al no darse las hipótesis previstas en el artículo 248 de Código Fiscal de la Federación por no haber versado en el juicio sobre sujetos obligados y, además, porque la cuantía es inferior a las tres mil quinientas veces del salario mínimo general del área geográfica correspondiente al Distrito Federal, es claro que dicho recurso resulta improcedente y debe desecharse.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Revisión fiscal 18/90. Consultivo del Instituto Mexicano del Seguro Social, Delegación Tlaxcala. 28 de febrero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Gerardo Ramos Córdova. Secretario: Hugo Valderrabano Sánchez.
Amparo en revisión 117/88. Instituto Mexicano del Seguro Social, Delegación Regional en Puebla. 22 de junio de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Dueñas Sarabia. Secretaria: Rosa María Roldán Sánchez.