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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
223281
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Abril de 1991; Pág. 236

REVISION FISCAL. CUANDO ES DE DESECHARSE POR RAZON DE CUANTIA Y POR NO VERSAR SOBRE LA DETERMINACION DE SUJETOS OBLIGADOS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Abril de 1991; Pág. 236

Precedentes

Revisión fiscal 18/90. Consultivo del Instituto Mexicano del Seguro Social, Delegación Tlaxcala. 28 de febrero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Gerardo Ramos Córdova. Secretario: Hugo Valderrabano Sánchez. Amparo en revisión 117/88. Instituto Mexicano del Seguro Social, Delegación Regional en Puebla. 22 de junio de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Dueñas Sarabia. Secretaria: Rosa María Roldán Sánchez.
Registro digital (IUS): 223281