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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
223289
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Abril de 1991; Pág. 240

RIESGOS DE TRABAJO, INCREMENTO DE INDEMNIZACION PREVISTO EN EL ARTICULO 493 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO. SE PUEDE DETERMINAR EN FAVOR DE CUALQUIER TRABAJADOR, NO SOLO DE AQUELLOS QUE REALIZAN ACTIVIDADES PROFESIONALES EN SENTIDO ESTRICTO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Abril de 1991; Pág. 240

Precedentes

Amparo directo 252/91. Instituto Mexicano del Seguro Social. 15 de febrero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: César Esquinca Muñoa. Secretario: Juan Manuel Alcántara Moreno.
Registro digital (IUS): 223289