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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
V.2o. J/6 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
223333
Clave de tesis
V.2o. J/6
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Marzo de 1991; Pág. 95

QUEJA. ES FUNDADA SI CARECE DE MOTIVACION LA RESOLUCION MATERIA DE LA.

[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Marzo de 1991; Pág. 95

Precedentes

Queja 34/89. Auto Accesorios Hemsa del Norte, S. A. 31 de enero de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Hugo Díaz Arellano. Secretario: Raymundo Garcés Yépez. Queja 3/90. Comisión Federal de Electricidad. 13 de febrero de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Antonio Muñoz Jiménez. Secretaria: María Teresa Covarrubias Ramos. Queja 4/90. Comisión Federal de Electricidad. 16 de febrero de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Pablo Antonio Ibarra Fernández. Secretario: Secundino López Dueñas. Queja 8/90. Comisión Federal de Electricidad. 16 de marzo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Pablo Antonio Ibarra Fernández. Secretario: Secundino López Dueñas. Queja 3/91. Roberto Serrano Moore P. 31 de enero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Pablo Antonio Ibarra Fernández. Secretario: Secundino López Dueñas.
Registro digital (IUS): 223333