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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 223385
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Marzo de 1991; Pág. 142
DIVORCIO. VALOR PROBATORIO DEL INFORME RENDIDO POR EL DEPARTAMENTO DEL TRABAJO SOCIAL DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE JALISCO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Marzo de 1991; Pág. 142
Carece de valor probatorio el informe que, en un juicio de divorcio, rinde el Departamento de Trabajo Social del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, en el cual se hace mención a declaraciones recabadas por personal de dicha oficina, en primer lugar, porque se trata de una prueba confeccionada únicamente al arbitrio de las trabajadoras sociales, sin observar formalidad judicial alguna y, en segundo término, en virtud de que tales trabajadoras no están investidas de fe pública ni tienen facultades legales para recibir declaraciones de las partes o de terceras personas, lo cual incumbe al juzgador de acuerdo con lo ordenado por el artículo 56 del Código de Procedimientos Civiles de la mencionada Entidad Federativa.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 561/90. Armando D'Abbadie Mier. 18 de enero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretaria: Alicia Marcelina Sánchez Rodelas.
Amparo directo 114/90. María Trinidad García Muñoz. 29 de marzo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Arturo González Zárate. Secretario: Ricardo Lepe Lechuga.
Octava Epoca, Tomo V, Segunda Parte -1, página 191.
Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia III.1o.C. J/32, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XVI, agosto de 2002, página 1081, de rubro: "DIVORCIO, VALOR PROBATORIO DEL INFORME RENDIDO EN UN JUICIO DE, POR EL DEPARTAMENTO DE TRABAJO SOCIAL DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE JALISCO."