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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
223395
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Marzo de 1991; Pág. 157

IMPROCEDENCIA DEL AMPARO, CUANDO EXISTE UN INCIDENTE DE NULIDAD DE ACTUACIONES QUE COMO MEDIO DE DEFENSA DEBE PREVIAMENTE AGOTARSE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Marzo de 1991; Pág. 157

Precedentes

Amparo en revisión 409/90. María de la Luz González de Almendárez. 30 de enero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Andrés Zárate Sánchez. Secretario: José Refugio Estrada Araujo.
Registro digital (IUS): 223395