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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
223423
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Marzo de 1991; Pág. 188

PERSONALIDAD EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. JUSTIFICACION DE LA, CUANDO EL ACTOR AFIRMA TENERLA RECONOCIDA POR LAS AUTORIDADES DEMANDADAS. EL INSTRUCTOR NO ESTA OBLIGADO A REQUERIRLAS PARA QUE REMITAN LA CONSTANCIA RELATIVA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Marzo de 1991; Pág. 188

Precedentes

Amparo en revisión 192/90. Muñecas y Juguetes Ensueño, S.A. 19 de febrero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. Antonieta Azuela de Ramírez. Secretaria: Ana Carolina Cienfuegos Posada.
Registro digital (IUS): 223423