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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.5o.T.580 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 223438
- Clave de tesis
- I.5o.T.580 L
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Marzo de 1991; Pág. 198
PRUEBA CONFESIONAL, CAMBIA A TESTIMONIAL CUANDO EL ABSOLVENTE DEJA DE REPRESENTAR AL PATRON.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Marzo de 1991; Pág. 198
Si al ofrecer o al desahogar la prueba confesional a cargo de quien ejercía actos de dirección o administración de una empresa, ya no los desempeña, no es dable que la junta le tenga por confeso fíctamente porque no ocurre a la audiencia, pues tal probanza por no ser idónea resulta improcedente, en todo caso, sólo puede revestirse como testimonial la que se ofrezca con el objeto de obtener su declaración.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 4065/90. Miguel Hernández Reyes. 5 de junio de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira. Secretaria: Elsa María Cárdenas Brindis.